¿Podemos inscribir el fallecimiento de nuestro/a hijo/a en el Registro Civil?
Si fallece después de nacer o si fallece antes pero con más de 25 semanas y 5 días de gestación
En la práctica, en Madrid, el fallecimiento de vuestro bebé se puede inscribir en el Registro Civil cuando ha nacido con vida y ha fallecido (como cualquier niño o adulto) y también si falleció en el seno materno con 25 semanas y 5 días de gestación o más.
La inscripción en el Registro Civil es un trámite del que se ocupa la funeraria. Para hacerlo, necesitaríamos algunos documentos:
- Si ha nacido con vida y fallecido: el certificado de defunción y el boletín estadístico de parto.
- Si ha nacido sin vida con 25 semanas + 5 días de gestación o más: la declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación y el boletín estadístico de parto. Gracias a las asociaciones de padres que se mueven cada día para reconocer la vida de sus hijos e hijas que fallecen antes del parto, en la declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación se puede poner ya el nombre del padre y del bebé.
Después de 24 horas de la inscripción en el Registro Civil, si vuestro bebé nació con vida, podéis pedirnos un certificado de defunción que incluya los datos del alumbramiento, el nombre de vuestro/a hijo/a y los vuestros. Solicitaremos una copia y os la enviaremos.
Si vuestro bebé nació sin vida con más de 25 semanas y 5 días de gestación, podéis solicitar en el Registro Civil la copia de la inscripción de la declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación.
En ambos casos, la madre podrá obtener, con el documento recibido, un aumento en su pensión de jubilación.
Aunque no se declare oficialmente, siempre será vuestro/a hijo/a
Entendemos lo importante que es poder registrar a vuestro/a hijo/a, que sea considerado parte de vuestra familia oficialmente. De hecho, varias asociaciones de padres y madres están en movimiento para reconocer oficialmente a sus bebés fallecidos antes de nacer con menos de 25 semanas y 5 días de gestación. Fue gracias a ellos que se consiguió reconocer a los que habían alcanzado las 25 semanas y 5 días de gestación.
Sin embargo, que no quede registrado en un organismo oficial, no resta nada de lo que vuestro/a hijo/a puede integrarse en vuestra familia. Siempre será vuestro/a hijo/a, el/la hermano/a del resto de vuestros hijos, y eso queda registrado siempre en vuestra familia. Es un sello en vuestro corazón que no se borra, porque vuestro bebé siempre va a estar presente y es una relación de amor con él que no dependerá de ningún papel.
✨“Estad alegres porque vuestros nombres están inscritos en el Cielo” (Lc 10, 20).
